sábado, 27 de diciembre de 2014

¡¡¡Feliz año nuevo!!!

Novedades contables y fiscales para el 2015: comienza un nuevo año y una pregunta que nos hacemos todos es cómo pagar menos impuestos. En el siguiente enlace tenéis unos consejos urgentes para pagar menos impuestos con la reforma fiscal. Para conocer más sobre las novedades fiscales para el 2015 he encontrado los siguientes enlaces: resumen de la reforma del IRPFmodificaciones en IVA, y trucos para pagar menos en el Impuesto de Sociedades.

Novedades contables 2015: desde el punto de vista del cierre contable debe tenerse en cuenta que el ICAC ha publicado numerosas consultas y diversas resoluciones sobre operaciones empresariales de actualidad como las resoluciones sobre la valoración del inmovilizado material, inversiones inmobiliarias, inmovilizado tangible, registro de deterioros y marco de información financiera. Las últimas resoluciones del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas publicadas en el BOICAC las relacionan a continuación en los enlaces del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y en novedades Contables para 2015.

Novedades sobre facturación 2015: ¿la factura electrónica, obligatoria en 2015? Sobre la factura electrónica, a partir del próximo 15 de enero de 2015, la Administración Pública y la actividad privada verán una serie de novedades respecto a la factura electrónica. Así, a partir de esa fecha será completamente obligatorio facturar de forma electrónica a todos los organismos de la Administración Pública, tanto Ministerios como Comunidades Autónomas y Ayuntamientos. Si tienes una empresa y ofreces un servicio a cualquier entidad pública, ya sea un colegio público o un hospital, deberás facturar de forma electrónica a partir de esa fecha. Más información en factura electrónica y en cómo facturar electrónicamente a las Administraciones Públicas.

Novedades fiscales 2015: Aprobada la Reforma Fiscal 2015, novedades para los autónomos. ¿Cómo me afecta la reforma fiscal? Tanto para los que cobran nómina y para los autónomos, la reforma nos afecta a todos; por ello, empiezo leyendo un artículo sobre las retenciones para el 2015. En general, la retención para profesionales pasará al 19% en este nuevo año y al 18% en el 2016; en cuanto a los nuevos autónomos profesionales, seguimos con el 9%, el ejercicio de inicio de actividad y los dos siguientes.

En el caso de que, como autónomo, tengas una renta anual íntegra menor a 15.000 euros y suponga más del 75% del conjunto de rendimientos del trabajo y actividades económicas pasarán del 21% actual al 15%, algo que ya se puso en marcha a través de un Decreto Ley desde el pasado julio. Tienes más información en los siguientes enlaces donde escriben sobre las nuevas retenciones para el 2015cuadro donde se recogen los distintos tipos de retención que resultarán de aplicación en el Impuesto sobre la Renta, detalle de las retenciones en 2015 y 4 novedades fiscales para autónomos de cara al 2015. También hay otras novedades, como las novedades en la deducción por la compra de activos, para autónomos y sociedades en 2015.

Novedades en el calendario fiscal para el 2015: respecto del Impuesto de sociedades, aquí tenéis unos aspectos novedosos que resultan dignos de mención, con las claves de la reforma del Impuesto sobre Sociedadesdeducciones del impuesto de sociedades ¿las conocemos? Las nuevas tablas oficiales de amortización en el Impuesto sobre Sociedades,  novedades introducidas en la reforma fiscal para el año 2015, medidas aprobadas en el Impuesto sobre Sociedades y gastos deducibles y no deducibles en el nuevo Impuesto sobre Sociedades 2015.

Respecto a los cambios para importadores en el Reglamento del IVA, los operadores que cuenten con un período de liquidación mensual y opten por diferir el ingreso de las cuotas del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) a la importación al presentar la declaración-liquidación periódica, contarán con un nuevo procedimiento para hacerlo. Así, se regula en el Proyecto de Real Decreto por el que se modifican los reglamento del Impuesto, el de procedimientos de gestión y el de obligaciones de facturación, cuyo plazo de presentación de observaciones concluye este mes y cuya entrada en vigor está establecida para el próximo 1 de enero de 2015, con alguna excepción, como la relativa a la regulación del régimen especial simplificado y de agricultura, ganadería y pesca, que entrará en vigor el 1 de enero de 2016.

Novedades incluidas en la Ley: en este nuevo Reglamento se regulan los desarrollos de las novedades incluidas en la reforma de la Ley del IVA, recientemente aprobada por el Parlamento. Así, para la aplicación de la inversión del sujeto pasivo, por lo que respecta alas entregas de teléfonos móviles, consolas de video-juegos, ordenadores portátiles y tabletas. Más información en el siguiente enlace: el Gobierno modifica los reglamentos del IVA e Impuestos Especiales para adecuarlos a los cambios normativos.

El futuro Real Decreto desarrolla las novedades incluidas en la reforma del Impuesto y regula nuevos procedimientos.En el caso de estos regímenes especiales, se añade un nuevo capítulo IX al Título VIII, donde se incorporan las condiciones para optar a los mismos, así como el ejercicio de la renuncia o la exclusión y sus efectos, transpone la normativa comunitaria que se recoge en el Reglamento europeo sobre los regímenes especiales de los sujetos pasivos no establecidos que presten servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión y televisión, o por vía electrónica a personas sin la condición de sujetos pasivos, que resulta directamente aplicable en cada Estado miembro de la UE.

El régimen especial simplificado y especial de la agricultura, ganadería y pesca se adaptan a los nuevos límites incluidos en la reforma dela Ley del IVA. En este último se suprime la posibilidad de que el adquirente de los bienes o destinatario de los servicios pueda diferir la obligación del reintegro de las compensaciones. Este reintegro deberá producirse, por tanto, al tiempo de la entrega de los bienes o prestación de los servicios, momento en que nacerá el derecho a la deducción de la compensación satisfecha.

El anteproyecto introduce un nuevo régimen especial para operadores de telecomunicaciones digitales, se establece la obligación de alta censal para los revendedores y deberán acreditar esta condición a su proveedor aportando un certificado que se podrá obtener en la sede electrónica de la Administración tributaria y que contará con vigencia para un año.

Se ajustan también, las renuncias a las exenciones del IVA en el caso de las entregas de terrenos rústicos sin la condición de edificables, incluidas las construcciones de cualquier naturaleza en ellos enclavadas, que sean indispensables para el desarrollo de una explotación agraria, y los destinados exclusivamente a parques y jardines públicos o a superficies viales de uso público, así como las segundas y ulteriores entregas de edificaciones, incluidos los terrenos en que se hallen enclavadas, cuando tengan lugar después de terminada su construcción o rehabilitación.

Novedades laborales 2015: una de las novedades laborales para el 2015 es el Sistema Creta, pero, ¿Qué es el Sistema Creta? El Sistema Creta es la nueva cotización para empresas, el actual gobierno a ha llevado a cabo una reforma en el sistema de cotizaciones de las empresas (Sistema Creta). Esta entró en vigor el pasado mes de octubre. La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) esta comunicando a las empresas la obligatoriedad de enviar las cotizaciones a través de este nuevo sistema, aunque tienen tres meses de prueba (plazo) para acostumbrarse. Os recomiendo un artículo que escribí sobre esta novedad en mi blog buscar empleo y crear una empresa, seguridad social.

Otros temas interesantes son los siguientes: el IVA de las compras online dentro de la UE cambia a partir del 1 de Enero de 2015; y para los trabajadores, cómo quedará su sueldo neto y tipo de retención a partir de enero. Con el Año nuevo, legislación nueva, adaptaciones de programas nuevas. Termino con un enlace donde hay un resumen de todo lo anterior: resumen de novedades para el autónomo en 2015. Espero que todas estas novedades sirvan para mejorar la economía y crear más empleo que hace mucha falta. ¡Saludos y suerte con las novedades y con el nuevo año 2015!!!




Fuentes: El Economista.


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