miércoles, 11 de marzo de 2015

Guía de ayudas.

Guía de ayudas para los nuevos contratos fijos. 
Siempre que se aprueba una nueva ayuda a la contratación, surgen numerosas dudas sobre su aplicación. Es lo que ha ocurrido con la bonificación para los futuros contratos indefinidos, que dejará exentos de cotización por contingencias comunes los primeros 500 euros del salario del trabajador contratado. Todas las empresas pueden acogerse, de cualquier tamaño o sector. 

El principal requisito es que el contrato que se realice al trabajador sea indefinido. La empresa debe estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Además, para evitar el efecto sustitución de trabajadores ya en plantilla por otros más baratos, se exige que la empresa cree empleo neto con las nuevas contrataciones. Este nuevo nivel de empleo deberá mantenerse durante tres años, de lo contrario, la empresa deberá devolver lo que se ha descontado.

Se espera que este requisito de creación de empleo neto no tenga excepciones, por lo que las empresas no podrán beneficiarse de la nueva ayuda para contratar a un trabajador para el puesto de otro que se jubile, por ejemplo. 

Asimismo, la norma exigirá que la empresa no haya hecho despidos colectivos ni objetivos o disciplinarios improcedentes en los seis meses anteriores a la contratación. No obstante, la ley podría establecer –como la actual tarifa plana de 100 euros– que este requisito empiece a contar desde la fecha de entrada en vigor de la norma. 

En principio no existen requisitos de edad ni ninguna otra condición. Así, podrán venir del desempleo o de otra empresa. En el caso de que el trabajador que se contrate tenga una jornada reducida, la cantidad del sueldo que quedará exenta de cotización será proporcional al recorte de jornada que se aplique. Esto significa que para una media jornada, con reducción del 50%, quedarán exentos los primeros 250 euros del sueldo.

La actual tarifa plana de 100 euros para nuevos contratos fijos, creada hace ahora un año, seguirá vigente hasta el 31 de marzo. De esta forma, ambas ayudas convivirán probablemente a lo largo del mes de marzo. Por ello, la empresa podrá escoger la que le sea más beneficiosa, según explicaron ayer fuentes de la Administración. 

Una vez se haga el contrato fijo, el empresario estará recibiendo esta ayuda durante los siguientes 24 meses. Y en el caso de que la empresa tenga menos de diez trabajadores, la ayuda se extenderá un tercer año. En cuanto a la duración de la medida, el Gobierno prevé que esté en vigor 18 meses. Así, la contratación de nuevos trabajadores indefinidos será más barata durante el próximo año y medio. 

Quedan aún flecos por conocerse, como si esta ayuda será de aplicación para los trabajadores autónomos que contraten nuevos asalariados; o si las empresas podrán disfrutar de la bonificación al convertir trabajadores temporales en fijos.

El Ministerio de Hacienda ha calculado que en España hay 187.000 unidades familiares monoparentales (padre o madre) con al menos dos hijos a su cargo. Según lo anunciado, este colectivo podrá beneficiarse de los últimos cheques familia vigentes desde el pasado 1 de enero y que consisten en una ayuda de 100 euros mensuales por unidad familiar (1.200 euros al año). Sin embargo, a la hora de establecer casuísticas surgen dudas sobre la aplicación de esta ayuda fiscal. Por ejemplo, ¿qué ocurrirá con los padres divorciados que tengan la custodia compartida de sus hijos? Se trata de una familia dividida en dos monoparentales, que cada vez son más frecuentes. Fuentes de la Administración explicaron que en este caso se otorgará una sola ayuda. Más información en el siguiente enlace: tarifa reducida de 500 euros para contratos indefinidos.

Fuentes: Cinco días.



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